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Norma del MERCOSUR

Grupo Mercado Común

Resolución No. 00028/2022
(Fecha: 17-11-2022)

DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 25/03 Y 14/05

MERCOSUR/GMC/RES. N° 28/22

DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 25/03 Y 14/05

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 58/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 25/03, 14/05, 45/17, 57/18 y 30/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, con el fin de promover la facilitación del comercio de bienes y servicios, intra-MERCOSUR y extrazona, es importante el reconocimiento de la evaluación de la conformidad.

Que los organismos de acreditación de los Estados Partes son signatarios plenos de los acuerdos multilaterales de reconocimiento mutuo del Foro Internacional de Acreditación (IAF), de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (ILAC) y de la Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC). 

Que, a partir de la presencia de los organismos de acreditación de los Estados Partes en los acuerdos de reconocimiento mutuo de los foros referidos, las Resoluciones GMC Nº 25/03 “Directrices para la celebración de acuerdos de reconocimiento de sistemas de evaluación de la conformidad”  y 14/05 “Guía para el reconocimiento de los procedimientos de evaluación de la conformidad” resultan obsoletas a efectos de promover el reconocimiento de los sistemas de evaluación de la conformidad de los Estados Partes.

Que los sistemas de evaluación del cumplimiento de los Estados Partes utilizan plenamente las normas y lineamientos de la Asociación MERCOSUR de Normalización (AMN), de la International Organization for Standardization (ISO) y de la International Electrotechnical Commission (IEC).

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Derogar las Resoluciones GMC Nº 25/03 “Directrices para la celebración de acuerdos de reconocimiento de sistemas de evaluación de la conformidad” y 14/05 “Guía para el reconocimiento de los procedimientos de evaluación de la conformidad”.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXXV GMC - Montevideo, 17/XI/22.

MERCOSUR/GMC/RES. N° 28/22

DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 25/03 Y 14/05

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 06/96 y 58/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 25/03, 14/05, 45/17, 57/18 y 30/21 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que, con el fin de promover la facilitación del comercio de bienes y servicios, intra-MERCOSUR y extrazona, es importante el reconocimiento de la evaluación de la conformidad.

Que los organismos de acreditación de los Estados Partes son signatarios plenos de los acuerdos multilaterales de reconocimiento mutuo del Foro Internacional de Acreditación (IAF), de la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (ILAC) y de la Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC). 

Que, a partir de la presencia de los organismos de acreditación de los Estados Partes en los acuerdos de reconocimiento mutuo de los foros referidos, las Resoluciones GMC Nº 25/03 “Directrices para la celebración de acuerdos de reconocimiento de sistemas de evaluación de la conformidad”  y 14/05 “Guía para el reconocimiento de los procedimientos de evaluación de la conformidad” resultan obsoletas a efectos de promover el reconocimiento de los sistemas de evaluación de la conformidad de los Estados Partes.

Que los sistemas de evaluación del cumplimiento de los Estados Partes utilizan plenamente las normas y lineamientos de la Asociación MERCOSUR de Normalización (AMN), de la International Organization for Standardization (ISO) y de la International Electrotechnical Commission (IEC).

EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:

Art. 1 - Derogar las Resoluciones GMC Nº 25/03 “Directrices para la celebración de acuerdos de reconocimiento de sistemas de evaluación de la conformidad” y 14/05 “Guía para el reconocimiento de los procedimientos de evaluación de la conformidad”.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXXV GMC - Montevideo, 17/XI/22.